Con el fin de acompañar la importante iniciativa legislativa, la Cámara Nacional de Comercio y Servicios de Paraguay (CNCSP) acercó las modificaciones que cree conveniente deben ser incorporadas al mencionado Proyecto de Ley, según manifestó en una nota dirigida al Diputado Nacional, Hugo Ramírez.
Entre algunos puntos que se menciona en la Exposición de Motivos, el Proyecto tiene por objeto ajustar el alcance de la ley N° 6380/2019 y del Libro V de la Ley Nº 125/1992 en lo que hace a intereses, pagos y facilidades de pagos, otorgando un marco de certeza y seguridad jurídica al sistema tributario evitando que por vía administrativa se distorsione lo previsto por el legislador.
En cuanto a los gastos deducibles en el Impuesto a la Renta Empresarial, se establece que se rijan por los parámetros generales previstos en la Ley, y así evitar que se impongan limitaciones que no estén expresamente previstas en ella.
Sobre el IVA, se corrige señalando que la técnica y mecánica del impuesto es la compensación, y se equipara el tratamiento de prestadores de servicios personales con los prestadores de servicios profesionales.
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